CONVENIOS ENTRE COMPAÑÍAS
CICOS, CIDE, ASCIDE, SDM
Desde el mismo momento
en el que se produce un siniestro, se pone en marcha toda la maquinaria de una
compañía de seguros con el objetivo de pagar las indemnizaciones a las que deba
hacer frente y están recogidas en la póliza de seguros, tanto al propio
asegurado y su vehículo como a terceras personas perjudicadas.
Supongamos un caso MUY
SENCILLO, en el cual, a un conductor no le da tiempo a frenar en un semáforo, y
''embiste'' al coche que hay delante.
En TEORÍA, el
procedimiento debería ser el siguiente:
- Primero: los dos conductores deberán rellenar un
parte amistoso relatando los hechos ocurridos, con los datos de los dos
vehículos, los seguros, los conductores...
- Segundo: cada conductor deberá entregar el parte
a su compañía de seguros.
- Tercero: cada vehículo deberá ir a un taller, y
el perito tasar los daños.
- Cuarto: la compañía del conductor ''inocente'' se
pondrá en contacto con la ''culpable'' para exigirle al pago de la
reparación.
- Quinto: la compañía culpable irá a peritar los
daños del vehículo, y deberá aceptar la reparación.
- Sexto: se da orden de reparación, y se arreglan
los vehículos.
Ahora bien, en toda esta
cadena, se pueden producir retrasos, como por ejemplo:
- ¿qué
ocurre si no rellena el parte amistoso?
Ejemplo:
muchos de los conductores quedan simplemente con intercambiarse los datos
respectivos, sin rellenar parte, ni atestado. Luego cada uno va a su compañía
(o no va), y cuenta la versión del accidente que más le conviene.
Consecuencia: PROBLEMAS,
RETRASOS.
- ¿qué
ocurre si uno de las partes no entrega el parte amistoso?
Ejemplo:
hay algunos conductores que no entregan el parte amistoso, y niega cualquier
accidente.
Consecuencia: PROBLEMAS,
RETRASOS.
- ¿qué
ocurre si una de las compañías no acepta la culpabilidad?
Ejemplo: suponga
que el parte no se ha rellenado bien, y hay discrepancias de que pueda ser o no
culpable uno u otro conductor.
Consecuencia: PROBLEMAS,
RETRASOS.
- ¿qué
ocurre si una de las compañías no quiere pagar?
Ejemplo:
suponga que una compañía tiene por norma no pagar, hasta que una resolución
judicial le condene.
Consecuencia: PROBLEMAS,
RETRASOS.
- ¿qué
ocurre si una de las compañías acepta la culpabilidad, pero no está
conforme con la factura de reparación?
Ejemplo:
suponga que una de las compañías considera que hay daños en el siniestro que no
son de dicho siniestro, sino de otro anteriores (por ejemplo, roces de
aparcamiento).
Consecuencia: PROBLEMAS,
RETRASOS.
Y así podríamos seguir y
seguir con MIL Y UN problemas que pueden surgir en la tramitación de un
siniestro.
Todo esto tiene una
consecuencia directa, y es que el asegurado SALE PERJUDICADO, porque su
vehículo no puede tenerlo, a menos que pague de su bolsillo la reparación, y
luego, con el paso del tiempo, se solucionen los problemas con los seguros.
SOLUCIÓN
Las compañías de seguros
se dieron cuenta que un retraso en la tramitación de un siniestro tenía
consecuencias NEGATIVAS, porque:
- Incrementaba el gasto en personal, teléfono,
escritos, etc., etc., por la tardanzas en solucionar un siniestro.
- Un asegurado INSATISFECHO, supone un cliente que
al vencimiento del seguro, NO renovará la póliza.
- Y lo más importante aún, un asegurado INSATISFECHO,
ocasionará MUCHAS bajas más, porque contará lo sucedido a sus amigos, y
personas que conozca.
Por lo tanto, entre
finales de los años '80, y primeros de los '90, se puso en marcha un sistema en
el cual LA MAYORÍA de las compañías pueden solucionar la mayoría de los
siniestros a través de los convenios que se denominan CIDE y ASCIDE.
Y decimos que ''la
mayoría'' de las compañías porque a día de hoy NO TODAS están en este sistema.
Son MUY POCAS, pero aún hay quién no está integrado.
SISTEMA CICOS
El sistema CICOS (Centro
de Informático de Compensación de Siniestros) es un programa informático al que
TODAS las compañías que pertenecen al sistema están conectadas.
Actualmente resuelve el
70% de todos los siniestros que se producen en España, casi 2.000.000 de
siniestros al año.
Es un método de
compensación DIRECTA entre compañías, en el cual SE COMPROMETEN a atender
siniestros que afecten SOLO a daños materiales a las cosas (por ejemplo el
choque entre dos vehículos).
Este sistema proporciona
agilidad, porque:
- Cuando se produce un siniestro, exista o no parte
amistoso, exista o no concordancia de los hechos del accidente, CADA
conductor comunica el siniestro a su compañía.
·
La compañía ''inocente'' comunica el
siniestro al sistema CICOS.
·
La compañía ''culpable'' deberá aceptar el
siniestro, o en caso de no decir nada, es como si lo aceptara.
Si no lo acepta, deberá
comunicarlo a la compañía ''inocente'', y solo podrá hacerlo en el caso de que
el vehículo no esté asegurado con dicha compañía. Es decir, NO SE PUDE NEGAR si
el vehículo está asegurado.
Todo ello, en el plazo
de 72 horas.
- Una vez aceptada la culpabilidad, CADA compañía arregla los daños de su asegurado. Es decir, si usted es inocente, su propia compañía será quién pague
el siniestro, y no la contraria.
- La compañía culpable pagará un módulo (una
cantidad fija, con independencia de los daños en los vehículos). En el año
2008 es de 800 euros (en el 2003 el módulo era de 550 euros).
Ejemplo:
suponga un siniestro de un vehículo nuevo, cuya reparación asciende a 8.000
euros. En este caso, se pagará el mismo ''módulo'' que un siniestro cuya
reparación ascienda a 50 euros.
·
Una vez al mes, se ''compensan'' los
módulos entre compañías. Es decir, si la compañía ''A'' debe 50 módulos a la
compañía ''B'', y esta a su vez 76 módulos a la compañía ''A'', en realidad, se
produce una sola transferencia de la ''B'' a la ''A'' de 24 módulos.
El éxito del sistema
CICOS es indudable, porque se produce una reducción MUY SIGNIFICATIVA en el
tiempo en el cual se tramita un siniestro.
Su éxito se mide por el
tiempo en el que se tarda en resolver siniestros. En el año 2000 el plazo medio
era de 11 días, y en el año 2002 el plazo era de 9 días. Es decir, se está
tendiendo a solucionar los siniestros en el plazo de una semana.
BUENO para los usuarios, BUENO para las compañías.
De cara al usuario NO
CAMBIA NADA, es decir, si usted es inocente, NO le afectará en la bonificación, aunque su compañía sea quién pague la reparación de
su vehículo.
EVITE tener su seguro en
estas compañías que no están en el sistema CICOS, porque si tiene un siniestro,
lo más seguro es que se produzcan retrasos en la tramitación y resolución. Hoy
por hoy, todas las compañías más importantes están en el sistema CICOS, y si es
así, es porque es bueno para ellas, y para sus usuarios.
Las compañías que no
están en CICOS, por norma general, tienen la costumbre de NO aceptar ningún
siniestro, y salvo que la compañía contraria interponga demanda judicial, no
suelen pagar.
¿Qué siniestros entran en el sistema ''CICOS''?
El sistema CIDOS se
''asienta'' en los convenios CIDE y ASCIDE.
CIDE:
Convenio de Indemnización Directa Español. En dicho convenio entran todos
aquellos siniestros en los que se produzcan por colisión directa entre DOS
vehículos, cualquiera que sea la clase y uso de dichos vehículos.
Es necesario que LOS DOS
vehículos dispongan del seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria y que se rellene correctamente y firme el
parte de declaración amistosa.
ASCIDE:
Acuerdo Suplementario al Convenio de Indemnización Directa Español.
Como el convenio CIDE
era muy ''riguroso'', había situaciones muy comunes que se ''escapaban'' a la
realidad. De ahí que se firmara una ampliación a dicho sistema, en el cual
entraban aquellos siniestros en los que no se hubiera rellenado y/o firmado el
parte de declaración amistosa de accidente.
El resto de siniestros
NO entran en el sistema CICOS. Ahora bien, aunque existan otro tipo de daños,
ello no impide que, los que afecten a los vehículos, se resuelvan por CICOS.
¿Todos los siniestros entran en el sistema ''CICOS''?
NO.
Por ejemplo, no entran
en el sistema CICOS:
- Los daños físicos a las personas ya que se hace a
través de un convenio aparte.
- Los siniestros entre vehículos de UNA MISMA
compañía.
- La implicación de dos o más vehículos en el mismo
siniestro
- La inexistencia de colisión directa entre
vehículos
- Daños producidos por la carga desprendida.
- Daños materiales ajenos al vehículo (por ejemplo
maletas).
SISTEMA SDM
Con la misma filosofía
que el sistema CICOS, en el año 2002 entró en marcha, con la participación de
las compañías más importantes, el sistema ''Siniestros de Daños Materiales''.
En este sistema entran
aquellos siniestros en los que existen daños materiales que no están recogidos
en el sistema CICOS, como por ejemplo:
- La implicación de dos o más vehículos en el mismo
siniestro
Ejemplo:
suponga que hay un siniestro ''en cadena'', es decir, el típico accidente en
una caravana, donde el último vehículo embiste al anterior, y este a su vez al
anterior, y así sucesivamente.
- La inexistencia de colisión directa entre
vehículos
Ejemplo:
suponga un accidente en el cual un vehículo se salta un semáforo, y el vehículo
contrario, por no atropellarlo, da un volantazo y se empotra contra una tienda.
- Daños producidos por la carga desprendida.
Ejemplo:
suponga que usted lleva una bicicleta en la baca, se desprende y causa un
accidente en el vehículo que va detrás.
- Daños materiales ajenos al vehículo (por ejemplo
maletas).
Ejemplo:
suponga que tiene un accidente y, además de daños en el vehículo, le dañan un
ordenador portátil que llevaba en el maletero.