PIAS Planes individuales de ahorro sistemático
Las
ganancias de este producto quedarán exentas de tributación si se han obtenido
en al menos diez años y se perciben en forma de renta vitalicia.
Los
expertos aseguran que será un producto de éxito, dirigido, sobre todo, a
ahorradores de perfil conservador y que, por tanto, no quieren correr riesgos
con sus ahorros.
¿Qué son los planes
individuales de ahorro sistemático (PIAS)?
Los planes
individuales de ahorro sistemático, popularmente conocidos como PIAS,
que han comenzado a comercializarse en el mercado español el pasado 1 de enero
de 2007, es un producto financiero
exclusivamente asegurador. Por lo tanto, los interesados podrán
contratarlos en las entidades aseguradoras. Su finalidad es ir acumulando un
capital a lo largo del tiempo, que puede servir como complemento a la pensión
pública de jubilación. Su principal objetivo es incentivar la contratación de
rentas vitalicias aseguradas. De hecho, este producto se configura como un
contrato firmado con entidades aseguradoras para constituir con los recursos
aportados una renta vitalicia, es decir, el pago de una renta mensual con una
cuantía conocida de antemano, que dependerá del capital total acumulado.
Esta
renta vitalicia asegurada puede comenzar a percibirse una vez que hayan
transcurrido 10 años desde el pago de la primera prima. El beneficio fiscal de
estos productos consiste en la exención de todos los rendimientos que se hayan
generado desde el pago de la primera prima hasta el inicio del cobro de la
renta vitalicia asegurada.
El
límite máximo anual que se puede aportar a
este tipo de planes está fijado en 8.000 euros, según se expone en la
actual ley del IRPF. "No obstante, este límite es independiente del
aplicable a planes de pensiones, planes de previsión asegurados y otro tipo de
seguros, etc.", "Es decir, los clientes podrán seguir invirtiendo
anualmente en su plan de pensiones y, paralelamente, acumular ahorro en el plan
individual de ahorro sistemático. En cualquier caso, las primas acumuladas en
estos últimos productos no podrán superar la cuantía total de 240.000 euros por
contribuyente.
Una de
las principales ventajas de este producto, frente a la iliquidez de los planes de pensiones, es que permiten rescatar el
ahorro acumulado en cualquier momento. No obstante, si se rescatan antes de que
hayan transcurrido diez años desde su contratación, el titular perderá la
ventaja fiscal del producto.
Otra de
las peculiaridades de este instrumento es que cada contribuyente sólo podrá
contratar un plan individual de ahorro sistemático (por el contrario, es
posible contratar más de un plan de pensiones por titular). Además, por su
naturaleza como seguro de vida, los PIAS ofrecen un capital asegurado en caso
de fallecimiento de su titular.
¿Cómo funcionan y cuál es su
rentabilidad?
El funcionamiento
de los planes individuales de ahorro sistemático es similar al de los antiguos
seguros de jubilación: el titular tiene la posibilidad de ir haciendo
aportaciones únicas o periódicas (por ejemplo mensualmente), que se remunerarán
de acuerdo con un tipo de interés mínimo anticipado por la compañía.
Lo
más común es que este tipo de seguros ofrezcan rentabilidades similares a la
deuda pública, ya que serán en este tipo
de activos donde mayoritariamente invertirán las aseguradoras para sacar
partido a los ahorros de los partícipes. En este sentido, también se pueden
comparar con los actuales seguros de jubilación. Los seguros de vida vinculados
a la jubilación ofrecen una rentabilidad actualmente que oscila entre el 3% y
el 4,5% anual. Desde Unespa, la patronal del sector asegurador española,
estiman que las subidas de tipos ayudarán a elevar el rendimiento de estos
productos y de los planes individuales de ahorro sistemático hasta niveles
cercanos al 5%. Por otro lado, también es posible que los planes individuales
de ahorro sistemático puedan invertir en fondos de inversión o acciones, con lo
que se parecerían a los actuales unit-linked.
Ejemplo práctico
Una
persona con 50 años decide contratar un plan individual de ahorro sistemático e
ir haciendo aportaciones de 1.000 euros al año. Al cabo de 15 años (a los 65,
edad de jubilación), habría acumulado un capital de 15.000 euros, a los que
habría que sumar la rentabilidad correspondiente. En el ejemplo anterior, presuponiendo
una rentabilidad del 4% anual, el capital acumulado pasados 15 años sería de
20.820,45 euros.
Si cada
año se fueran incrementando las aportaciones un 2,5% (previsible inflación), el
ahorro final sería de 24.450,10 euros. Con este capital, podría conseguir una
renta mensual de unos 100 euros. ¿Cuál es su fiscalidad?
La
fiscalidad de los planes individuales de ahorro sistemático, cuando se rescaten
como rentas vitalicias, es el principal atractivo de este producto. En el
futuro, cuando el titular decida rescatar su ahorro, estará exento de
tributación si lo recupera en forma de renta vitalicia y han pasado más de diez
años desde que lo contrató. "Si transcurridos diez años desde la
primera aportación, el cliente opta por constituir una pensión vitalicia
con el capital acumulado, el rendimiento generado queda exento de
tributación". En cualquier caso, los PIAS carecen de beneficios
fiscales para las aportaciones.
La
renta mensual obtenida tributa en el IRPF como una pensión vitalicia inmediata,
La renta mensual obtenida tributa en el IRPF como una pensión vitalicia
inmediata es decir, disfruta de significativas reducciones fiscales, en función
de la edad del ahorrador en el momento de contratar dicha pensión. Por ejemplo,
los mayores de 70 años tributan sólo por el 8% de la renta obtenida. Los
mayores que cuenten entre 66 y 69 años de edad, tributarán por el 20%. En todos
los casos, las rentas mensuales que cobre el asegurado tributan en el IRPF como
rendimiento de capital mobiliario.
Con el
nuevo instrumento, el ahorrador tiene la posibilidad, hasta el último momento,
de elegir si quiere disponer del ahorro acumulado en forma de capital, con lo
que obtendría el mismo trato fiscal que en los fondos de inversión, depósitos,
seguros no PIAS, etc., o bien constituir una pensión vitalicia inmediata
y aplicar al ahorro generado el mejor tratamiento fiscal disponible actualmente
en el mercado.
De
hecho, los contratos de seguro de vida que tengan una vigencia mínima de diez
años y en los que no se haya superado nunca el límite de 8.000 euros anuales de
aportación pueden transformase en PIAS y disfrutar así de las ventajas fiscales
de este nuevo producto. Los PIAS pueden ser un producto fiscalmente
atractivo, sobre todo para patrimonios no muy altos.
¿Cuáles son sus limitaciones?
Los
ahorradores deben conocer que los PIAS están dirigidos a inversores
de perfil conservador, que no deseen correr riesgos con su dinero.
Precisamente, una de sus limitaciones es que sus rentabilidades serán bastante
menores a las que puedan conseguir otros productos de más riesgo, como los
planes de pensiones que invierten en Bolsa.
En el
último año, los planes de Bolsa son claramente los más rentables, con una
ganancia de más del 17%. Los de renta variable mixta ofrecen una rentabilidad
del 10,18% en los últimos doce meses. En los últimos 16 años, los planes de
pensiones de bolsa rentan de media el 4,87% anual. Los de renta fija a corto
plazo acumulan unas ganancias del 5,63%.
Además,
otra cuestión que hay que tener clara es que se necesita acumular un capital
medianamente alto para que la renta mensual que se pueda obtener sea atractiva.
Con capitales acumulados de en torno a 200.000 euros, la renta mensual
resultante estaría en torno a los 600 euros. Otra de sus desventajas, frente a
los planes de pensiones, es que los PIAS carecen de beneficios fiscales para
las aportaciones. Su atractivo fiscal se reduce a los rescates.
¿Por qué surgen los PIAS?
Los PIAS
nacen a propuesta del Gobierno como un nuevo producto para fomentar el
ahorro-previsión para el largo plazo. Son una nueva opción para complementar
las pensiones públicas de jubilación. No obstante, sus peculiaridades van un
poco más allá: El espíritu de la nueva ley del IRPF desincentiva la fiscalidad
de los rescates en forma de capital para dar prioridad a la prestación en forma
de renta. Es decir, se quieren fomentar los rescates de las aportaciones en
forma de rentas periódicas, lo que permite dosificar todo el ahorro generado, y
no la obtención de todo el capital acumulado de una sola vez. Por tanto, las
mejoras fiscales en el ahorro previsión se han hecho precisamente en los
seguros que se perciben como rentas vitalicias. "El PIAS es un buen
producto a nivel fiscal para quienes deseen ahorrar durante al menos diez años
y recibir una renta vitalicia. Es, por ejemplo, muy adecuado para generar un
ahorro con el que hacer frente a la etapa de jubilación".
Oferta de productos
Ofrece un tipo de interés mínimo garantizado, que será
similar a los rendimientos de la Deuda Pública. Además, el cliente dispondrá de
total flexibilidad para realizar aportaciones únicas o mensuales en cualquier
momento. En el caso de las aportaciones mensuales podrá incrementarlas,
reducirlas e interrumpir o reanudar el pago de las mismas sin ningún tipo de
limitación. Como ventaja adicional, el producto ofrece un capital asegurado en
caso de fallecimiento.
En resumen
El Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) es
una nueva modalidad de Seguro Ahorro con liquidez total. Las ganancias de este
producto quedarán exentas de tributación si se han obtenido en al menos diez
años y se perciben en forma de renta vitalicia.
La aportación
máxima que se puede hacer al plan es de 8.000 euros anuales. El límite total
máximo de ahorro acumulado es de 240.000 euros.
El producto
incluye un capital asegurado en caso de fallecimiento de su titular. MUY
IMPORTANTE.
Desde el 1 de
enero de 2007 se permite la transformación de un seguro de vida en un PIAS
si tiene una antigüedad de diez años y las aportaciones anuales no superaron
los límites citados.