COMO DEBEMOS PROCEDER SI NOS COACCIONAN CON LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS A CAMBIO DE CONCEDER PRÉSTAMO
¿Cómo debemos de proceder si la entidad bancaria nos coacciona con la contratación de seguros a cambio de que nos conceda el préstamo?
DERECHO DE DESESTIMIENTO UNILATERAL SEGÚN LA LEY DEL CONTRATO DEL SEGURO Ley 50/80
Pedir copia de escrituras de préstamo y de seguros que has firmado por imposición.
El artículo que te permite desistir de este contrato de seguro de vida es el 83.a.1 de la Ley del Contrato de Seguro 50/1980 y este dice, literalmente:
"El tomador del seguro en un contrato de seguro individual de duración superior a seis meses que haya estipulado el contrato sobre la vida propia o la de un tercero tendrá la facultad unilateral de resolver el contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional."
Por tanto el plazo es de 30 días a comenzar y contar desde la "fecha de formalización" , es decir de la firma, cuidado con la fecha que te ponen. Siempre y cuando no hayan transcurrido más de 30 días desde que te entregaron la póliza hay que hacer el siguiente procedimiento:
1. Enviar un burofax al asegurador (no al banco), citando que te acoges al derecho de desistimiento unilateral que recoge el art. 83.a de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro ordenando el extorno de la prima cobrada.
2. Esperar a ver que dicen
3. Si no te dan respuesta o te contestan negativamente diciendo “que lo hables con tu banco”, se presenta una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente del Asegurador (no del banco).
4. El SAC (servicio de Atención al Cliente no del banco), tiene un tiempo máximo para contestar.
5. Si la contestación es negativa (es decir, deciden incumplir la ley que es imperativa), o no te contestan y transcurridos los dos meses citados se puede reclamar a la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones, quien tiene otros dos meses para contestarte (actualmente suelen tardar más por que al parecer hay más reclamaciones).
Otra forma. Se puede poner una denuncia, porque la coacción es un delito. Pero es un proceso lento y hay que desembolsar dinero y, encima, podrían acabar resolviendo a su favor civilmente pero sin condena penal.
Como siempre, cualquier duda la comentamos.